Alfonso Manzur Arrieta Superintendente |
La
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada comunicó a las empresas y a quienes llevan a cabo la
contratación de estos servicios tener presente la nueva reglamentación.
En función de
las dos reglamentaciones anteriormente mencionadas, la Superintendencia de
Vigilancia y Seguridad Privada emitió la circular externa No. 20221300000675
del 29 de diciembre de 2022 anunciando las tarifas que rigen para la
vigencia de 2023, así:
1. Del
01 de enero al 14 de julio de 2023 la tarifa equivaldría a 8,8 SMLMV + seguro
de vida + gastos de Administración y supervisión para el sector comercial u 8,6
SMLMV + seguro de vida + gastos de Administración y supervisión para el sector
residencial.
2. Del
15 de julio al 31 de diciembre de 2023 la tarifa sería del 9,06 SMLMV SMLMV +
seguro de vida + gastos de Administración y supervisión para todos los
sectores.
Dicha circular
desarrolla el artículo 92 del Decreto Ley 356 de 1994 que garantiza el mínimo
vital del personal operativo que trabaja en los diferentes tipos de servicios
gravados con tarifa como lo son, las Empresas armadas con medio humano, sin
armas con medio humano y sin armas con medio humano y canino cuya tarifa se
incrementará en armonía con la reducción de la jornada laboral, así:
1. Empresas
armadas con medio humano: La tarifa para cubrir los costos laborales y
operativos será el equivalente a 9,06 SMMLV a partir del 15 de julio del año
2023, 9,14 SMMLV a partir del 15 de julio del año 2024, 9,29 SMMLV a partir
de/15 de julio del año 2025, y 9,32 SMMLV a partir del 15 de julio del año
2026; más el 10% del monto calculado para cubrir gastos administrativos y de
supervisión.
2. Empresas
sin armas con medio humano: La tarifa para cubrir los costos laborales y
operativos será el equivalente a 9,06 SMML V a partir del 15 de julio del año
2023, 9,14 SMMLV a partir del 15 de julio del año 2024, 9,29 SMMLV a partir del
15 de julio del año 2025, y 9,32 SMMLV a partir del 15 de julio del año 2026;
más el 8% del monto calculado para cubrir gastos administrativos y de
supervisión.
3. Empresas
sin armas con medio humano y canino: La tarifa para cubrir los costos laborales
y operativos será el equivalente a 9,06 SMMLV a partir del 15 de julio del año
2023,9,14 SMMLV a partir del 15 de julio del año 2024,9,29 SMMLV a partir del
15 de julio del año 2025, y 9,32 SMMLV a partir del 15 de julio del año 2026;
más el 11% del monto calculado para cubrir gastos administrativos y de
supervisión.
Con respecto
a este tema de las tarifas y la reducción de la jornada laboral, el
Superintendente Alfonso Manzur Arrieta manifestó: “...estas
disposiciones que inician su vigencia, tienen como objetivo que se garantice un
salario digno para el personal operativo y que se vayan mejorando las
condiciones laborales de tal manera que se avance en la profesionalización del
sector y se tenga como una apuesta principal la seguridad humana en las empresas,
en el personal y en los beneficiarios del servicio…”.
Fuente: Grupo
de comunicaciones
Superintendencia
de Vigilancia y Seguridad Privada
www.ansv.gov.co
- @ansvco
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