Alfonso Manzur Arrieta Superintendente |
Bucaramanga, 23 de enero de 2023. – Un equipo de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad llegó a la capital de Santander con el fin de adelantar una serie de visitas contra la informalidad, según un comunicado de la entidad.
En
cumplimiento del deber legal de ejercer inspección y control en el sector de la
vigilancia y seguridad privada, y atendiendo el compromiso del Superintendente Alfonso
Manzur Arrieta con el Gobierno Nacional, de reducir la informalidad de
algunas empresas, la SuperVigilancia continúa
con las visitas de inspección, esta vez, del 30 de enero al 3 de febrero del
presente año, para los servicios no formales reportados que operan en la ciudad
de Bucaramanga.
Al respecto
el Superintendente manifestó: “Hacemos un llamado a nuestros vigilados y sobre
todo a empresas no formales para que cumplan con todos los requisitos de Ley y
demás condiciones necesarias para la
correcta prestación del servicio; en esta administración queremos trabajar de
manera preventiva más que sancionatoria en primera instancia y agregó, para
quien la solución a la ilegalidad en el sector debe basarse en la oportunidad
de hacer una transición al cumplimiento de la normativa, así como en la
denuncia de malas prácticas, a través de los canales oficiales como la Sede
Electrónica y página web; lo anterior, siguiendo los lineamientos del trabajo
por la Seguridad Humana como política de transformación de sociedad”.
Esta
invitación a la formalidad conlleva a beneficios, tranquilidad y crecimiento para
todos los grupos de interés de la entidad; lo que se verá reflejado en un aporte
significativo para la economía del país.
De esta
manera, el sector reportará un mayor crecimiento para el PIB, los empresarios y
gremios tendrán tranquilidad, teniendo en cuenta la disminución de la
competencia desleal, los vigilantes contarán con mejores beneficios y garantías
laborales, la ciudadanía confiará más en las empresas de seguridad, y la SuperVigilancia
ejercerá mayor inspección y control en pro de la legalidad en el
sector y la
seguridad de todos los colombianos.
Requisitos a
tener en cuenta según la normativa vigente: Tenga en cuenta que el Artículo 74
del Decreto Ley 356 De 1994, señala los principios, deberes y obligaciones que
rigen la prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada, entre los
se encuentran:
Emplear las
armas de acuerdo con el uso autorizado en los respectivos permisos y abstenerse
se emplear armamento hechizo o no autorizado de acuerdo con la ley.
Emplear los
equipos y elementos autorizados por la Superintendencia de Vigilancia y
Seguridad Privada, únicamente para los fines previstos en la licencia de
funcionamiento.
Mantener
permanentemente actualizados los permisos, patentes, licencias, libros y
registros, seguros y demás requisitos que exige el Decreto.
Pagar
oportunamente la contribución establecida por la Superintendencia de Vigilancia
y seguridad Privada, debidamente aprobada por el Ministerio de Hacienda y
Crédito Público, así como las multas y los costos por concepto de licencias y
credenciales.
Colaborar
con la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada en la labor de
inspección, proporcionando toda la información operativa, administrativa y
financiera que ésta requerida para el desarrollo de sus funciones.
Dar
estricto cumplimiento a las normas que rigen a las relaciones obrero-patronales
y reconocer en todos los casos los salarios y prestaciones sociales legales, así
cono proveer a los trabajadores de la seguridad social establecida en la ley.
No exceder
la jornada laboral y reconocer horas extras, llevar el registro correspondiente
y entregar copia a los trabajadores en forma como lo establece la ley.
Atender, los
reclamos que presenten los trabajadores y explicar en forma verbal o escrita a
solicitud de los mismos, las condiciones de su vinculación laboral, así como
entregar copia del contrato de trabajo en los términos establecidos en la ley.
Dar aviso
inmediato a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y demás
autoridades competentes, y proporcionar toda la información relacionada con la
ocurrencia de siniestro, en los cuales haya presencia de personas vinculadas a
los servicios de vigilancia y seguridad privada.
Estaremos
además verificando el cumplimiento al marco normativo contenido en la Circular
No. 18 de 2012, en la Resolución No. 5614 de 2012 y en el Decreto 2535 de 1993,
con relación al reporte y actualización de la información (parafiscalidad, armas,
equipos tecnológicos, vehículos y personal) en las plataformas RENOVA y APO.
Por otro
lado, hacemos un especial llamado a las empresas que aún no cuentan con la
licencia de funcionamiento, para que radique su solicitud e inicien el camino hacia
la prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada autorizada por esta
Superintendencia.
¡LA RUTA
LEGAL!, un camino hacia la PAZ
Fuente: Prensa
Supervigilancia.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario