Procuraduría
apeló aceptación de sometimiento de Musa Besaile.
Los delitos
comunes cometidos por terceros que se someten a la jurisdicción especial deben
tener relación con el conflicto armado.
Bogotá, 2020.-
La Procuraduría General de la Nación apeló ante la Jurisdicción Especial para
la Paz –JEP- la aceptación de sometimiento del excongresista Musa Besaile
Fayad.
“La JEP no
puede dejarse convertir en un escampadero de corruptos”, advirtió el Procurador
General Fernando Carrillo Flórez.
Como lo ha
señalado reiteradamente la Procuraduría frente a las solicitudes de
sometimiento a la JEP del excongresista Álvaro Ashton, el general (r) Miguel
Maza Márquez y el exsenador Alberto Santofimio Botero, las puertas de la
Jurisdicción Especial para la Paz no pueden ser vulneradas para intentar
burlarse de la justicia y la sociedad y pretender cubrir con un manto de
impunidad delitos que no tienen relación alguna con el conflicto.
El 16 de
enero de 2020 la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas se pronunció sobre
el sometimiento presentado por Besaile Fayad, en calidad de agente del Estado
no miembro de la Fuerza Pública, dentro de los procesos que adelanta la sala de
Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, bajo los radicados 2700 y
52196.
El expediente
52196, abierto por los presuntos delitos de peculado por apropiación y cohecho,
tiene origen en diálogos grabados en Miami, en desarrollo de un proceso federal
adelantado por autoridades estadounidenses, donde el abogado Leonardo Pinilla
Gómez le habría comentado al exgobernador de Córdoba, Alejandro Lyons Muskus,
que por intermedio del también abogado Luis Gustavo Moreno, el senador Musa
Besaile habría pagado una suma importante de dinero para ser favorecido en un
proceso penal adelantado en su contra por la Corte Suprema, que el país conoció
como el “Cartel de la Toga”.
Un porcentaje
de ese dinero correspondería a comisiones de contratos suscritos por la
Gobernación de Córdoba, entregadas al congresista hacia febrero de 2015 por el
entonces gobernador Lyons Muskus, en lo que se ha conocido como el “Cartel de
la Hemofilia”, proceso en que la Procuraduría sancionó con destitución e
inhabilidad por 13 años para ejercer cargos públicos, al exmandatario por recibir
dinero para mantener a un contratista como prestador de servicios de salud para
pacientes con hemofilia. Así mismo, por
irregularidades en el pago de medicamentos a pacientes con hemofilia y/o von
Willebrand fueron sancionados con suspensión de 11 meses el exgobernador de
Córdoba, Edwin José Besaile Fayad, y con destitución e inhabilidad general por
13 años el exsecretario de Desarrollo de la Salud, José Jaime Pareja Alemán.
Para la
Procuraduría estas conductas punibles, constituyen hechos de corrupción
administrativa, que no deben ser de competencia de la JEP, porque no tienen
ninguna relación con el conflicto armado interno.
Bajo estos
argumentos, en los próximos días el Procurador Tercero Delegado con funciones
de Intervención ante la Jurisdicción Especial para La Paz sustentará el recurso
de apelación a la aceptación de sometimiento de Besaile Fayad.
Al igual que
la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría cree que los delitos comunes
que terceros pretendan someter a conocimiento de la JEP, deben tener una
conexidad material y directa con el conflicto armado y cumplir con los
siguientes criterios de conexidad: i) Que el delito común no se cometa en
beneficio personal, ii) Que el delito común tenga una conexidad material con
los delitos propios del conflicto, iii) Que el delito común signifique un
aporte verificable, material o moral, al esfuerzo general de guerra de uno de
los actores del conflicto o en la conducción de hostilidades.
Ni los hechos
asociados al "Cartel de la Toga" ni las conductas relacionadas con el
"Cartel de la Hemofilia", que son casos de corrupción administrativa,
cumplen con los requisitos exigidos para ingresar a la JEP.
Ajuste de contenido y diagramación:
bersoahoy.co
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