Olga Lucía Zuluaga |
La situación
ha tomado un curso de enorme gravedad, no solamente para los usuarios, sino
para las empresas sociales del estado.
La demanda
ante el Consejo de Estado fue interpuesta a finales de 2022 por ACESI con el
fin de eliminar ese artículo nocivo incluido en el citado decreto.
“Ante la no
contratación del hospital público, las personas del régimen subsidiado se han
encontrado con nuevas barreras en el acceso a su atención médica, porque pasan
a otras EPS del contributivo, por lo tanto, estas empresas se respaldan en el
decreto, para hacer gala de la integración vertical y contratar solamente con
sus propias clínicas o con entidades privadas aliadas, a pesar de tener la
capacidad instalada totalmente copada”, explicó la directora Ejecutiva de la
Asociación Colombiana de Empresas Sociales del Estado y Hospitales Públicos,
ACESI, Olga Lucía Zuluaga Rodríguez.
En concreto,
la afectación de los usuarios es porque, si viven en zonas rurales, son
obligados a traslados innecesarios a ciudades capitales. No es un secreto
tampoco que en los municipios pequeños muchas EPS no les entregan los medicamentos
por falta de capacidad instalada y si las personas viven en ciudades grandes,
el problema es por saturación de la atención (se evidencian esperas de 8 y 12
horas en las secciones de urgencias).
“Esa facultad
de no obligar a contratar con IPS públicas, está causando también gravísimos
problemas a las finanzas de los prestadores estatales, porque el modelo actual
de la salud en Colombia obliga a sus gerentes a buscar mercado (vender
servicios), con el fin de garantizar la subsistencia de los hospitales a su
cargo. La falta de demanda está generando la subutilización de esas
instalaciones. Y si se les contrata, son aquellos servicios que no son
rentables”, sostuvo la médica Olga Lucía Zuluaga.
Fuente: Comunicaciones
ACESI.