Bucaramanga.- La Corporación Red de Instituciones de Educación, Investigación y Desarrollo del Oriente Colombiano – UNIRED- dirigió un oficio al Ministerio de educación nacional, en el cual proponen varias fórmulas orientadas a propiciar una mejor adaptación de las Instituciones de Educación Superior a las transformaciones normativas y operativas del Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad.
Bucaramanga, 11 de junio de 2021
Doctor
José Maximiliano Gómez Torres
Viceministro de Educación Superior
Ministerio de Educación Nacional
Calle 43 No. 57 - 14
Bogotá D.C.
Asunto: propuesta para
propiciar una mejor adaptación de las Instituciones de Educación Superior a las
transformaciones normativas y operativas del Sistema Nacional de Aseguramiento
de la Calidad.Hernán Porras D
Rector UIS
Honorable Sr. Viceministro:
Reciba un cordial saludo de la
Corporación Red de Instituciones de Educación, Investigación y Desarrollo del
Oriente Colombiano - UNIRED, en nombre de las nueve Instituciones de Educación
Superior de Santander y Norte de Santander que la integran.
En los últimos años hemos asistido
como país y como sector de la educación superior a un conjunto de
transformaciones en relación con el sistema de aseguramiento de la calidad, no
solo en relación con los instrumentos y los medios sino, también, con respecto
a los propósitos y alcances de este.
Estas innovaciones, motivadas
sin lugar a duda por una intencionalidad de mejora continua, de modernización
del sector y de la puesta a tono de este con las dinámicas actuales de la
educación superior a nivel mundial, han implicado para las instituciones de educación
superior un cambio cultural, por cuenta del carácter normativo de los mismos y
dado nuestro compromiso con la mejora permanente de nuestro sector y, a través
de él, con el desarrollo educativo, social y económico del país.
Justamente en atención a
nuestro compromiso con las transformaciones de fondo que tanto el Decreto 1330
de 2019, así como sus resoluciones reglamentarias, y el Acuerdo 02 de 2020 del
CESU implican para las instituciones, queremos poner en su consideración algunas
reflexiones y propuestas para lograr avanzar de manera mucho más clara,
expedita y estructural en la mejora de la educación superior de Colombia, a
través de la actualización del Sistema de Aseguramiento de la Calidad:
1. El Decreto 1330 de 2019 fue
promulgado el 25 de julio de 2019, luego de la realización de actividades
regionales en las cuales estuvimos involucradas la mayoría de las instituciones
de educación superior del país. Este decreto, entendemos, no solo implica un
cambio procedimental asociado con los trámites de registro calificado, sino un
cambio estructural en materia de gestión curricular y de la calidad
institucional y de programas, razón por la cual en nuestras instituciones
iniciamos las adecuaciones normativas y tecnológicas necesarias y, de manera
insoslayable, la formación y cualificación de nuestras comunidades académicas y
administrativas para afrontar tanto los cambios procedimentales como los retos
académicos y culturales derivados de la norma citada.
2. Posterior al Decreto 1330
de 2019 fue expedida la Resolución 021795 de 19 de noviembre de 2020, es decir,
un año y cuatro meses después, la cual precisa en su artículo 77 que la misma
rige a partir del momento de su publicación. Es necesario señalar que dicha
resolución define los aspectos para evidenciar el cumplimiento de las
condiciones de calidad de los programas.
Esta resolución ha
representado para nuestras instituciones no solo la declaración sino la puesta
en marcha de planes de capacitación, reorganización de políticas (algunas de
las cuales ya habíamos incluso modificado una vez entró en vigor el Decreto
1330), definición de instrumentos, inversiones tecnológicas, entre otras.
Lo que es necesario referir en
este punto es que, a pesar de que dicha resolución se publicó un año y cuatro
meses después, los procesos de registro calificado han sido objeto de traslados
de concepto o incluso negaciones a la luz de la insuficiencia o inadecuación de
dichos programas a las disposiciones de esta resolución.
Lo anterior ha implicado
reprocesos y dificultades para la sostenibilidad académica, financiera y
administrativa de varios de los programas, procesos e incluso instituciones,
toda vez que los cambios, evidencias y temporalidades requeridos en dicha
resolución no han tenido un tiempo de transición o de adecuación para las
instituciones de educación superior en el país.
Algunos de los aspectos
incluidos en la nueva normativa, que implican retos inmediatos para las
universidades, son:
a) Necesidad de virtualizar
todos los módulos de un primer período para un programa nuevo, desconociendo si
dicho programa será aprobado b) Solicitud de contar con prospectiva a 7 años de
investigaciones, profesores, medios educativos, infraestructura tecnológica y
financiera, tanto institucionales como de programa, conociendo de antemano que
enfrentamos quizá el momento
de mayor incertidumbre en el
futuro de la educación superior c) Solicitud de medición y evaluación de los
resultados de aprendizaje esperados, los cuales son de reciente implementación
en la mayoría de nuestras instituciones 3. La situación descrita en el numeral
anterior se suma a los retos que como instituciones hemos tenido que afrontar a
raíz de la pandemia, como agentes que
contribuimos, en situaciones
de emergencia, a la mitigación del impacto social en nuestras comunidades e
instituciones que, al tiempo, debemos adaptarnos rápidamente a las nuevas
realidades sociales, económicas y educativas, con miras a consolidar los
proyectos educativos y la sostenibilidad institucional.
4. Adicionalmente, el pasado 8
de abril se realizó el lanzamiento de la nueva plataforma del SACES, la cual
contiene una modificación en la estructura y forma de cargar la información
requerida para la renovación de registros calificados y la creación de nuevos
programas, ocasionando así; que varios programas que ya tenían adelantado el
documento maestro, tuvieran que comenzar un proceso de
cambio de información, dado
que los requisitos de esta plataforma incluyen aspectos nuevos, tales como; el
diligenciamiento de documentos anexos que son de obligatorio cumplimiento y que
en algunos casos las instituciones no estaban preparadas para ello.
5. El pasado 20 de mayo
recibimos con beneplácito la circular externa Nº 15 del Ministerio de Educación
Nacional en la cual se ofrecieron algunas rutas para favorecer y facilitar el
tránsito de la plataforma Saces a la denominada “Nuevo Saces”, toda vez que
incluyen estrategias de mesa de ayuda y de capacitación permanente, lo cual
acompaña algunas medidas de solución a posibles dificultades.
No obstante, lo anterior, es
necesario reparar en el hecho de que esta nueva herramienta, justamente por su
calidad de ser un instrumento, no resuelve los retos curriculares, académicos,
institucionales y de cultura universitaria requeridos para lograr la mejora de
la calidad de la educación superior en nuestro país. Desde nuestras
instituciones estamos expectantes de estos procesos de formación y
acompañamiento.
Estas situaciones, aunque una
de ellas fue imprevisible y sigue planteándonos desafíos como sociedad y como
instituciones, nos motiva a escribir la presente comunicación con el objetivo
de poner en consideración del Ministerio de Educación Nacional las siguientes propuestas
que, con finalidad constructiva y académica, nos permitan superar una situación
social y, al tiempo, propicien las transformaciones académicas, curriculares y de
la gestión de la calidad de nuestras instituciones con miras a mejorar
sustancial y estructuralmente el sector:
1. Generar procesos de
flexibilidad que permitan una implementación gradual y transitoria de la
Resolución No. 021795 del 19 de noviembre de 2020, principalmente en aquellas
etapas de completitud, visita de pares académicos y evaluación por parte de las
Salas de CONACES.
2. Realizar un análisis y
valoración en el sector en torno a las implicaciones de la Resolución
mencionada en materia de gestión curricular y madurez de los sistemas internos
de aseguramiento de la calidad de las instituciones de educación superior del
país.
3. Analizar la posibilidad de
ampliar durante seis meses las disposiciones transitorias contempladas en la
Sección 12 del Decreto 1330 de 2019 a la luz de las realidades y contingencias
actuales por las cuales estamos atravesando las instituciones de educación
superior del país.
4. En concordancia con lo
expuesto en el numeral precedente, evaluar la puesta en marcha del Decreto 1330
de 2019 con las Instituciones de Educación Superior que han venido afrontando
dificultades por la interpretación y alcance de algunas disposiciones, lo cual
ha generado dificultades de todo orden en los trámites que se surten ante el
Ministerio, asociados, entre otros, a la renovación de registros calificados.
5. Analizar la posibilidad de
ampliar el término establecido en la circular No. 015 del 20 de mayo de 2021,
por un año más, garantizando la disponibilidad de la plataforma SACES para
realizar la radicación de trámites tanto de obtención como de renovación de
registros calificados.
6. Realizar una
reestructuración de la plataforma “Nuevo Saces” para articular su organización
con la estructura establecida en la Resolución No. 015224 del 24 de agosto de
2020, y en la Resolución No. 021795 del 19 de noviembre de 2020, aplicables al
trámite de Registro Calificado. El Ministerio de Educación Nacional ha realizado
capacitaciones que podrían ser más eficientes, dadas las múltiples inquietudes
y dudas que persisten frente al diligenciamiento de las nuevas plantillas,
teniendo en cuenta que los requisitos de dicha resolución se evaluarán retroactivamente
en programas cuyo funcionamiento procede de hace varios años.
7. Analizar la posibilidad de
ampliar durante seis meses más los términos de la aplicación gradual del modelo
de acreditación en alta calidad establecido en el Artículo 60, literales a). y
b).
8. Generar procesos de
flexibilidad que permitan una implementación gradual y transitoria del Acuerdo
02 de 2020 y realizar la debida capacitación con los consejeros y pares
académicos, para garantizar que la visita de pares y el proceso de evaluación
por parte del CNA, se enfoque en el modelo con el cual se haya presentado la
solicitud de acreditación o de renovación de acreditación en alta calidad y no
con el nuevo modelo exclusivamente.
9. Dadas las importantes
transformaciones que plantea la entrada en vigencia de la nueva normatividad,
es imperativo el establecimiento de un canal de comunicación entre IES y MEN
con mayor nivel de agilidad de respuesta, sobre todo en el proceso de
transición a la gestión de los programas bajo estos nuevos lineamientos. Señor
viceministro, como ha sido nuestro interés desde siempre, confiamos en que esta
comunicación y las propuestas en ella consignadas coadyuven a la gestión que el
Ministerio de Educación Nacional realiza con miras a modernizar y mejorar la
calidad de nuestro sistema de educación superior colombiano.
Atento saludo,
Fr. Óscar Eduardo Guayán
Perdomo O.P.
Rector, Universidad Santo
Tomás - USTA,
Seccional Bucaramanga.
Juan Camilo Montoya Bozzi
Rector, Universidad Autónoma
de Bucaramanga -
UNAB.
Hernán Porras Díaz
Rector, Universidad Industrial
de Santander – UIS.
Jaime Restrepo Cuartas
Rector, Universidad de
Santander - UDES.
Franklin Figueroa Caballero
Rector, Fundación
Universitaria de San Gil -
UNISANGIL.
Padre Gustavo Méndez Paredes
Rector, Universidad Pontificia
Bolivariana - UPB,
Seccional Bucaramanga.
Edgar Antonio Sánchez Ortiz
Director, Universidad
Francisco de Paula
Santander Seccional Ocaña.
Jorge Darío Higuera Berrío
Vicerrector Santanderes,
Corporación Universitaria
Minuto de Dios - UNIMINUTO.
Jorge Gómez Duarte
Rector, Fundación
Universitaria FCV.
Fuente: Comunicaciones – uis.
Ajuste de contenido y
diagramación: bersoahoy.co
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