sábado, 14 de diciembre de 2019

Ancla y viento apoya familias vulnerables en las regiones


· Mejoramos la calidad de vida y capacitamos los pescadores de la Isla de San Andrés en las tallas mínimas de captura y damos un pago justo por el acopio de langosta.

· El 5% de la producción de tilapia producida en la represa de Betania se exporta a Estados Unidos.
· En Tumaco por cada kilo de pescado fresco que la comunidad de salahondita nos vende, Ancla y Viento retribuye un porcentaje a la educación su comunidad infantil y la mejora de su escuela.
 
Bogotá, diciembre de 2019. – Comunidades vulnerables en San Andrés Isla, Tumaco y Betania se están beneficiando del apoyo de empresas pesqueras  que están llegando a aproximadamente 240 familias, entre ellas madres cabezas de hogar.

Las empresas Ancla y Viento, en el marco del desarrollo sostenible y de responsabilidad social apoya a comunidades vulnerables de esas regiones.

“En Tumaco contamos con nuestra planta de recepción y tratamiento de pescado fresco y langostino respetando los periodos de veda, reproducción y tallas mínimas de las especies, Contratamos madres cabeza de familia para los diferentes procesos para posteriormente, comercializarlos a nivel nacional.  El pescado local tiene la gran ventaja de que se puede vender fresco, mientras que el importado viene en su mayoría congelado”, asegura Juan Fernando Vélez, Gerente de Ancla y Viento.

“La acuicultura se conoce como la producción controlada de los diferentes recursos acuáticos, en nuestro caso Tilapia (Negra y Roja). Este control implica la implementación en nuestro cultivo la Sirena de nuevas tecnologías, con esto queremos encontrar la forma más eficaz de asegurar que haya suficiente Tilapia para satisfacer nuestra demanda nacional y exportar a los EEUU. 
Nuestros cultivos de Tilapia en Betania, es una actividad sostenible que limita el impacto sobre la naturaleza y ofreciendo un mejor producto. Ancla y Viento está comprometida a satisfacer las necesidades del presente del producto sin afectar la satisfacción de las penurias de las generaciones futuras”, concluye Vélez.

En San Andrés se realiza el acopio de langosta respetando el tiempo durante el cual está prohibido cazar este recurso, es decir, no compran el mismo y no lo comercializan, de igual manera “respetamos su talla mínima de captura permitiendo su reproducción. Para lo cual llevamos un registro de compra con todos los datos necesarios que nos permite verificar la trazabilidad de producto y controlar las tallas compradas para cumplir con la normativa vigente. Durante el periodo comprendido entre el 01 de marzo al 30 de junio de cada año inicia la temporada de veda para este recurso. La biodiversidad del país por ser patrimonio nacional y de interés de la humanidad debe ser protegida prioritariamente y aprovechada en forma sostenible. (Ley 99 de 1993 articulo 1),” argumenta Santiago Jaramillo Gerente Comercial Ancla y Viento. 

ACERCA DE
Ancla y Viento es una empresa colombiana líder en la comercialización de productos alimenticios. Su amplio portafolio contiene Pescados y Mariscos, carnes de res importadas (EEUU – Argentina), Carne de res nacional, cerdo, especies menores, Salsas y Cerveza.

Su capital humano trabaja día a día para ser un proveedor integral, cuenta con 2 restaurantes ubicados en la ciudad Bogotá, bajo la marca FISH PLACE (Héroes – Plaza central), donde sus comensales podrán vivir una gran experiencia gastronómica con sus productos.
Fuente: Mabel Rocio Castillo Pineda.                          
Prensa y Relaciones Públicas
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jueves, 12 de diciembre de 2019

Mejora este año el transporte aéreo comparado con 20118


    Entre enero y octubre de 2019 se movilizaron 10% más de viajeros nacionales e internacionales, que durante el mismo periodo de 2018.
    De acuerdo con la IATA, Colombia es el tercer país mejor conectado de América Latina, creciendo en un 34% en los últimos años, y superando a países como Argentina y Panamá.

Desde hace unos años se ha venido hablando de un proceso de transformación en el transporte aéreo en nuestro país, gracias al fortalecimiento de la oferta de vuelos y el crecimiento en el movimiento de pasajeros nacionales e internacionales en el país.

Hoy, de acuerdo con la IATA, Colombia ocupa el tercer lugar en Latinoamérica  entre las nacionales con mejor conexión aérea,  creciendo en un 34% en los últimos años, y superando a países como Argentina y Panamá. De hecho, cinco mercados claves de pasajeros internacionales, están relacionados con rutas de Colombia: Bogotá- Panamá; Bogotá- Ciudad de México; Bogotá- Miami; Bogotá- Lima; y Bogotá - Madrid. Y tres rutas domésticas se encuentran en el top 100 global: Bogotá-Medellín; Bogotá-Cartagena; y Bogotá-Cali.

“Sin duda, esto trae para el país grandes oportunidades de crecimiento económico, mayor oferta y demanda, mejoramiento en los índices de competitividad y por ende calidad en el mercado aéreo, pero también nos permite construir un portafolio más consolidado para las Agencias de Viajes, que incentiva la creación de paquetes turísticos más atractivos con nuevos destinos”, afirmó Paula Cortés Calle, presidente ejecutiva de ANATO.

De acuerdo con cálculos de ANATO, basados en cifras de la Aeronáutica Civil, entre enero y octubre de 2019 se movilizaron más de 34 millones de viajeros nacionales e internacionales, lo que significó 10% más que lo reportado en el mismo periodo de 2018.

Lo anterior, ha sido jalonado por la entrada en operación de nuevas aerolíneas en Colombia, la ampliación en el número de rutas, las obras de infraestructura en los diferentes aeropuertos del país y la positiva imagen que con mayor fuerza llega al exterior sobre nuestras regiones.
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Instructivo de la concesión Runt para transitar sin contratiempos

Carretera, Bogotá a Melgar. Foto: YouTube

Bogotá.- La concesión Runt ha expedido un instructivo para orientar a los conductores sobre las precauciones que se deben tener antes de emprender cualquier viaje por el territorio nacional. El documento pedagógico dice textualmente…

No viaje sin verificar en www.runt.com.co la vigencia de sus trámites

- El 46% de los vehículos inscritos en la plataforma RUNT no cuentan con su SOAT vigente, mientras que un 56% no tiene vigente la revisión técnico-mecánica.

Bogotá, 12 de diciembre de 2019. Por la seguridad de todos en las vías, en esta temporada de Navidad y de Año Nuevo, el Registro Único Nacional de Tránsito, RUNT, invita a los conductores a verificar el estado del SOAT y la revisión técnico-mecánica de sus vehículos, así como la vigencia de la licencia de conducción y actualización de datos de notificación.

Mantener estas obligaciones al día son un deber del ciudadano y salvaguardan la seguridad vial de todos los colombianos en las vías. La información se consulta en línea a través de la página web www.runt.com.co.

    Vigencia del SOAT y RTM: los ciudadanos pueden consultar la vigencia del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) y revisión técnico- mecánica de su vehículo, en la página web www.runt.com.co, opción ciudadanos consulta de Vehículos por Placa. La consulta arrojará si estas obligaciones están vigentes o no, para que el ciudadano tome las medidas necesarias y no corra riesgos en la vía.

    Vigencia de la Licencia de Conducción: en la consulta por Documento de Identidad, los conductores del país pueden revisar con su número de identificación el estado de su licencia de conducción y si tienen multas y comparendos en el Sistema Integrado de Información sobre Multas y sanciones por Infracciones de Tránsito (SIMIT).

    Actualización de datos de notificación en el RUNT: La aplicación permite que el ciudadano actualice en línea sus datos de notificación para evitar futuros inconvenientes en los procesos de multas y comparendos electrónicos. El RUNT puso a disposición esta herramienta teniendo en cuenta la Ley 1843 de 2017, la cual indica que la dirección contenida en el RUNT es la única válida para que las autoridades de tránsito notifiquen los fotocomparendos; la Ley señala además que es responsabilidad del ciudadano actualizar sus datos de notificación como dirección, correo electrónico y teléfono.

Estas herramientas les permiten a los ciudadanos cerciorarse de que su documentación esté al día antes de conducir un vehículo por las vías. Es importante recordar que el RUNT cuenta con la información de más de 15 millones de vehículos y 15 millones de conductores del país.

  Descargue aquí audio del Gerente de Operaciones y Servicio al Cliente, José David Herrera   

Sobre el RUNT
El RUNT es una plataforma tecnológica centralizada que registra, actualiza y valida información del sector tránsito y transporte del país. Este novedoso sistema reduce al máximo cualquier tipo de alteración en los registros, con el fin de garantizar un esquema transparente y acorde con la realidad del país lo cual beneficia directamente a todos los ciudadanos.

La misión principal de la Concesión RUNT, administradora del sistema RUNT, es brindar a todos los actores que intervienen en el proceso, así como al ciudadano, soluciones tecnológicas vanguardistas de integración, validación y consolidación de información, para ofrecer un servicio confiable y seguro.

Fuente: Oficina de Comunicaciones
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miércoles, 11 de diciembre de 2019

Es confiable y de excelencia datos de la Función pública: MinTic


    El reconocimiento fue entregado por el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones por la alta calidad de la información suministrada a la ciudadanía.
    Fueron tres niveles los evaluados a los 12 conjuntos de datos que tiene Función Pública disponible en el portal www.datosabiertos.gov.co

Bogotá D.C., miércoles 11 de diciembre de 2019.- Gracias al trabajo adelantado por el Departamento Administrativo de la Función Pública, se le otorgó el reconocimiento de Sellos de Excelencia a los conjuntos de datos abiertos que se generan desde el Sistema de Información Estratégica (SIE), por la calidad de la información a la ciudadanía durante 2019.

“Estar entre las cuatro entidades del país con mejor calidad en la información a los ciudadanos es un premio a los trabajos que hacemos para modernizar y mejorar la eficiencia en el Estado. Buscamos que los colombianos puedan acceder a nuestra información con altos estándares de calidad y puedan tomar las decisiones acertadas sobre las mismas”, indicó el director de Función Pública, Fernando Grillo.

La estrategia de Sellos de Excelencia es liderada por el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Mintic), la cual busca certificar la calidad de la información de los conjuntos de datos en tres niveles.

El primer nivel, se empezó a trabajar el año 2018, donde se obtuvo sellos de excelencia nivel 1 para 9 conjuntos, el cual verifica qué tan completos están los conjuntos de datos, así como la oportunidad, coherencia y el valor agregado que pueda generar esta información a los ciudadanos.

En lo corrido de este año, se trabajó en la adquisición del segundo y tercer nivel, el segundo evalúa la percepción de los ciudadanos frente a la información disponible, la documentación que soporta los conjuntos de datos en términos de estrategias de acceso y uso de los usuarios; así como permite georreferenciar la información disponible tanto a nivel de municipios como departamentos. Por último, el tercer nivel evalúa la automatización de los conjuntos de datos.                                  

Sellos con excelencia
Dentro de los conjuntos de datos abiertos de Función Pública se destacan los relacionados con el Sistema Único de Información de Trámites (SUIT), Plan anticorrupción, Ley de cuotas, Caracterización de gerentes públicos, Caracterización del empleo público, Plan anual de vacantes, Procesos anuales de meritocracia, Cantidad de empleos y tipos de planta por entidad e Información organizacional. Para mayor información sobre los conjuntos premiados y otras entidades galardonadas puede consultar: https://sellodeexcelencia.gov.co/
Fuente: Oficina Asesora de Comunicaciones - Función Pública.
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Escandalosa deuda de las EPS a la Red pública del país


· Y los más grave es que los montos no están cerca de las propias cuentas de las IPS, que en sus contabilidades registran obligaciones por cobrar a esas empresas mucho más altos.

· La cartera según otros observadores en 2019 se ha incrementado en 20%. Los casos más graves son los de Nueva EPS y Medimás

Bogotá.- En un hipotético caso, si hoy todos los deudores de las Empresas Promotoras de Salud de Colombia les pagaran los $12,3 billones que les deben con corte a diciembre de 2018, esas compañías no tendrían de dónde cumplir con la cartera que tienen con cada uno de sus acreedores, que llega a 21 billones de pesos. Los que más les deben a las EPS son ADRES, FOSYGA o Minsalud.

A esa conclusión se llega, después de analizar en detalle el más reciente informe de la Oficina de Metodologías de Supervisión y Análisis de Riesgo de la Superintendencia Nacional de Salud sobre la cartera del sector salud, con corte al año pasado, pero entregado apenas hace unos días.

Los directivos de la Asociación Colombiana de Empresas Sociales del Estado y Hospitales Públicos, ACESI, advirtieron varias circunstancias preocupantes: la primera, tiene que ver con que las cifras de este reporte no coinciden con la contabilidad de las IPS al cierre de la vigencia 2018 y la segunda, está relacionada con el enorme incremento de esas mismas deudas en 2019. “Varios observadores y expertos del sector apuntan que la cartera en el presente año se ha incrementado en 20%”, dijo Olga Lucía Zuluaga Rodríguez, directora ejecutiva del gremio.

La cartera de lo adeudado por las EPS a la red pública del país, según las cifras de las ESE con corte de 30 de junio de 2019 supera los $ 9 billones (fuente: SIHO 2193 MSPS)

A todo lo anterior se le agrega las enormes deudas que ya acumulan especialmente dos aseguradoras: Nueva EPS y Medimás, la última con algo más de dos años de operaciones, después de cambiar de nombre Saludcoop y Cafesalud.

“El informe dice que las cuentas por pagar de las EPS a las IPS de manera específica, ascienden a $14.5 billones, de los cuales $9.2 billones corresponden a IPS privadas, $3.4 billones a IPS públicas (números que no cuadran). Entonces, ni siquiera recolectando las cuentas por cobrar, les alcanzaría para asumir las deudas con los prestadores. Las mayores deudoras según esas cifras oficiales son Nueva EPS con 13.7%, Medimás con 7.7%, Coomeva con 7.6% y Saludvida con 6.8%”, sostuvo Olga Lucía Zuluaga, quien reiteró la necesidad de reformar de manera estructural el “sistema” de salud colombiano para que realmente garantice el cuidado integral de la población.

Ajuste de contenido y diagramación: bersoahoy.co

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viernes, 6 de diciembre de 2019

Garantía del gobierno a nuevos hallazgos arqueológicos en Col.


Hace parte de las medidas contempladas en el Decreto Ley firmado por el Presidente de la República, Iván Duque, para facilitar la vida de los ciudadanos y mejorar la eficiencia en el Estado. 
Instituto Colombiano de Antropología e Historia identificará las áreas con potencial arqueológico en el país.

Bogotá, 06 de diciembre de 2019.-  El presidente de la República, Iván Duque Márquez, firmó el Decreto Ley Antitrámites por medio del cual establece que los titulares de proyectos, obras o actividades que requieran licencia o planes de manejo ambiental, deberán presentar un Programa de Arqueología Preventiva para garantizar que se proteja el patrimonio arqueológico ante posibles hallazgos.

“El principal logro que trae el Decreto Ley Antitrámites es que la transformación digital del Estado es el camino para llegar a las nuevas generaciones de colombianos que quieren una respuesta más ágil a sus solicitudes y con la facilidad que ofrecen las nuevas tecnologías” puntualizó el director de Función Pública, Fernando Grillo.    

Sin la aprobación de dicho programa, que deberá ser entregado al Instituto Colombiano de Antropología e Historia, no podrá adelantarse ningún tipo de obra o actividad.

“El titular será responsable de entregar la información arqueológica identificada durante el desarrollo del programa, obra o actividad, si la hubiere, al Instituto Colombiano de Antropología e Historia para el ejercicio de sus competencias. No podrá ser responsabilidad del titular del proyecto desarrollar actividades propias de proyectos de investigaciones arqueológicas”, reza el artículo 131 del Decreto Ley.

El Instituto Colombiano de Antropología e Historia tiene también la responsabilidad de identificar las áreas con potencial arqueológico en el país; y con base en esa información podrá establecer obligaciones diferenciadas en el marco del Programa de Arqueología Preventiva.

Acerca del Decreto LEY
Tras la aprobación de las Facultades Extraordinarias al Presidente Iván Duque en el Plan Nacional de Desarrollo, el Departamento Administrativo de la Función Pública lideró las mesas de trabajo para la articulación de los 24 sectores de Gobierno, así como las entidades territoriales y gremios empresariales. Fueron tres los pilares de la construcción: la Legalidad, la Equidad y la Lucha contra la Corrupción. Durante el diálogo e identificación de trámites a ser revisados, se recibieron 1.800 propuestas que se incorporaron en el articulado del Decreto Ley.    
Fuente: Oficina Asesora de Comunicaciones - Función Pública
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jueves, 5 de diciembre de 2019

Tecnologías fortalecerán modernización de los municipios

    Con las medidas contempladas en el Decreto Ley firmado por el Presidente de la República, Iván Duque, se modificó la categorización de los distritos y municipios de Colombia.
    Por su condición estratégica, los municipios de frontera con población superior a setenta mil (70.000) habitantes, se clasificarán como mínimo en la Cuarta Categoría.

Bogotá, 05 de diciembre de 2019.-  Como resultado del análisis efectuado por el Gobierno Nacional para la expedición del Decreto Ley Antitrámites sancionado por el Presidente de la República, Iván Duque Márquez, y con el fin de modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios del país, a través de esta norma se modificó la categorización de los distritos y municipios de Colombia y se introdujeron avances en el uso de formatos digitales para el manejo catastral del país.

“Estamos transformando el Estado y dando un salto que nos lleva a tener un servicio más ágil con la ciudadanía, sin trabas u obstáculos y entendiendo las necesidades de los colombianos. Hemos priorizado que estas intervenciones de trámites mejoren la Legalidad, la Equidad y la Lucha contra la Corrupción. Por eso es una obligación, a partir de este momento, que las entidades habiliten medios de pago electrónico y empiecen a fortalecer los canales de atención digital a los ciudadanos”, indicó el director del Departamento Administrativo de Función Pública, Fernando Grillo.

El Decreto Ley modifica el artículo 6° de la Ley 136 de 1994 y establece que, a partir de su expedición, en Colombia los distritos y municipios se clasificarán atendiendo su población, ingresos corrientes de libre destinación y situación geográfica y los clasifica en tres grupos: grandes municipios, municipios intermedios y municipios básicos.

En el primer grupo, de Grandes Municipios, se encuentran los municipios de Categoría Especial, con una población superior o igual a los quinientos mil uno (500.001) habitantes e ingresos corrientes de libre destinación anuales superiores a cuatrocientos mil (400.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes - smlmv; y los municipios de Primera Categoría, que son aquellos cuya población está comprendida entre cien mil uno (100.001) y quinientos mil (500.000) habitantes y sus ingresos corrientes de libre destinación anuales son superiores a cien mil (100.000) y hasta de cuatrocientos mil (400.000) smlmv.

En el grupo de Municipios Intermedios, se encuentran los de Segunda Categoría, con población entre cincuenta mil uno (50.001) y cien mil (100.000) habitantes e Ingresos corrientes de libre destinación anuales superiores a cincuenta mil (50.000) y hasta de cien mil (100.000) smlmv.; los de Tercera Categoría con población comprendida entre treinta mil uno (30.001) y cincuenta mil (50.000) habitantes e ingresos corrientes de libre destinación anuales superiores a treinta mil (30.000) y hasta de cincuenta mil (50.000) smlmv.; y los de Cuarta Categoría, con población entre veinte mil uno (20.001) y treinta mil (30.000) habitantes e ingresos corrientes de libre destinación anuales superiores a veinticinco mil (25.000) y de hasta de treinta mil (30.000) smlmv.

El último grupo es de los Municipios Básicos, conformado por los de Quinta Categoría, cuya población está comprendida entre diez mil uno (10.001) y veinte mil (20.000) habitantes, con ingresos corrientes de libre destinación anuales superiores a quince mil (15.000) y hasta veinticinco mil (25.000) smlmv.; y los de Sexta Categoría, que son aquellos en los cuales la población es igual o inferior a diez mil (10.000) habitantes con ingresos corrientes de libre destinación anuales no superiores a quince mil (15.000) smlmv.

La norma también establece que cuando los municipios que, de acuerdo con su población, deban clasificarse en una determinada categoría, pero superen el monto de ingresos anuales señalados para esa categoría, se clasificarán en la categoría inmediatamente superior.

De la misma manera, los municipios cuya población corresponda a una categoría determinada, pero sus ingresos anuales no alcancen el monto señalado para esa categoría, se clasificarán en la categoría correspondiente a sus ingresos corrientes de libre destinación anuales.

Cuando un distrito o municipio destine a gastos de funcionamiento porcentajes superiores a los límites que establece la ley, se reclasificará en la categoría inmediatamente inferior. Además, ningún municipio podrá aumentar o descender más de dos categorías entre un año y el siguiente.

En el Decreto Ley se estipula que los alcaldes determinarán anualmente, mediante un decreto expedido antes del 31 de octubre, la categoría en la que se encuentra clasificado para el año siguiente el respectivo distrito o municipio. Para la expedición de estos decretos deben tenerse como base dos certificaciones.

Una es la que expida el Contralor General de la República sobre los ingresos corrientes de libre destinación recaudados efectivamente en la vigencia anterior y sobre la relación porcentual entre los gastos de funcionamiento y los ingresos corrientes de libre destinación de la vigencia inmediatamente anterior; la otra es la certificación que expida el Departamento Administrativo Nacional de Estadística – DANE sobre la población para el año anterior. Estas certificaciones serán remitidas por dichos organismos a los alcaldes a más tardar el 31 de julio de cada año.

En el caso de que un alcalde no expida el decreto de categorización dentro de las fechas estipuladas, está será fijada por el Contador General de la Nación en el mes de noviembre.

Especial atención se dio en la norma a las poblaciones fronterizas, ya que se estipula que por su condición estratégica, los municipios de frontera con población superior 70.000 habitantes se clasificarán, como mínimo, en la cuarta categoría y en ningún caso los gastos de funcionamiento de dichos municipios podrán superar el ochenta por ciento de sus ingresos corrientes de libre destinación.

Impulso a los formatos digitales y la interoperabilidad para el manejo catastral en el país
Con el propósito de fortalecer el uso de formatos digitales para facilitar y agilizar el tratamiento de la información pública, con la expedición del Decreto Ley Antitrámites se establece que los Registradores de Instrumentos Públicos deberán remitir en formato digital al Gestor Catastral competente, dentro de los 10 primeros días de cada mes, la información completa sobre modificaciones de la propiedad inmueble ocurridas durante el mes anterior.

Esto se efectuará en un principio, ya que la idea es que el envío en formato digital solo se realice hasta el momento en que se dispongan de servicios de interoperabilidad entre registro y cada Gestor Catastral, en cuyo caso dichas modificaciones deberán reflejarse en ambos sistemas de manera inmediata.

Acerca del Decreto LEY
Tras la aprobación de las Facultades Extraordinarias al Presidente Iván Duque en el Plan Nacional de Desarrollo, el Departamento Administrativo de la Función Pública lideró las mesas de trabajo para la articulación de los 24 sectores de Gobierno, así como las entidades territoriales y gremios empresariales. Fueron tres los pilares de la construcción: la Legalidad, la Equidad y la Lucha contra la Corrupción. Durante el diálogo e identificación de trámites a ser revisados, se recibieron 1.800 propuestas que se incorporaron en el articulado del Decreto Ley.     

Fuente: Oficina Asesora de Comunicaciones - Función Pública
 Ajuste de contenido y diagramación: bersoahoy.co
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miércoles, 4 de diciembre de 2019

Alerta empresarios; la Vitrina Turística de ANATO 2020 esta lista


Más de 1.400 expositores y coexpositores estarán presentes en la próxima versión del evento
Hasta el 21 de febrero de 2020, la obtención de la escarapela no tendrá costo.

Bogotá.- El turismo es sin duda uno de los más importantes motores de la economía nacional y por eso, para los empresarios de la industria nacional e internacional, asistir anualmente a la Vitrina Turística de ANATO se ha convertido en una visita obligada. Este encuentro se llevará a cabo los días 26, 27 y 28 de febrero de 2020 en el Recinto Ferial de Corferias, en Bogotá D.C.

“Este escenario, en el que se realizan negocios y alianzas comerciales para las temporadas vacacionales de cada año, llega a su versión 39. Hemos innovado año tras año para su realización y eso ha motivado a toda la cadena de valor a ser parte de él. Desde ya abrimos el registro online para que los interesados vayan tramitando su escarapela y se preparen para la oferta turística que los más de 1.400 empresas expositoras y coopositoras, más de 35 países y todos los departamentos de Colombia, presentarán en la próxima versión del evento”, Paula Cortés Calle, presidente ejecutiva de ANATO.

Para el proceso de inscripción, se ha habilitado en la página web de la Vitrina Turística www.vitrinaturistica.anato.org el botón de REGISTRO, donde se deberá diligenciar un formato dependiendo del tipo de participante al que corresponde: visitante profesional o prensa.

Cabe destacar que la escarapela, que es de uso obligatorio para ingresar al evento, se expedirá sin costo a quienes la soliciten antes del 21 de febrero de 2020. A partir del 25 del mismo mes, se deberá reclamar directamente en la Zona de Registro de Corferias, con un costo de $20.000 por cada una. 
Fuente: Comunicaciones de Anato.
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